Hoy en día en la vida diaria vemos con asombro el incremento del uso del contrato para la mayoría de actividades diarias y muchas veces nosotros mismos nos preguntamos ¿Será realmente necesario firmar un contrato para realizar x o y actividad? ¿Te ha pasado? ¿Has tenido que firmar contratos sin saber realmente si se justifica? Pues bien, dicho interrogante te lo responderemos a continuación.
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En nuestra legislación civil colombiana existe un tema que todas las personas debemos tener en cuenta y se trata de las obligaciones y su correspondiente clasificación, ya que estas nos permiten saber cuándo hay que firmar un contrato.
Jurídicamente hablando una obligación es una relación jurídica entre dos o más personas, esta obligación nace de un acuerdo de voluntades previamente acordado.
Tienes que tener en cuenta que las obligaciones se componen de 3 elementos: sujeto (las partes), objeto (la obligación) y el vínculo (contrato). Si no se dan estos 3 elementos al tiempo, entonces no tienes una obligación.
Las obligaciones se dividen en 3 clases y para todas ellas previamente a un acuerdo de voluntades debes firmar un contrato según sea el caso.
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De esta forma entonces tenemos que para cualquier acuerdo de voluntades entre dos o más personas por medio del cual se establezca el cumplimiento de un pacto derivado de una obligación debemos firmar un contrato según corresponda a la obligación o al objeto mismo del contrato.
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