Durante el tiempo trabajado tanto los empleados como los trabajadores independientes hace aportes para obtener la pensión de vejez cuando se hayan cumplido los requisitos de edad y semanas cotizadas, en fondo de pensiones privados o públicos, actualmente Colpensiones.
Actualmente, la edad para acceder a la pensión para el hombre es 62 años y la mujer es 57; sin embargo, cumplida esta edad, en ocasiones, la persona no puede seguir trabajado, pero no tiene las semanas requeridas para los afiliados a Colpensiones o en el caso de los fondos privados, no cuentan con el capital mínimo requerido. Quienes se encuentren en esta situación pueden solicitar la pensión sustitutiva, que como su nombre lo indica es la sustitución de la pensión obteniendo el retorno de los pagos hecho a los fondos de pensiones, y que te contaremos en qué consiste en este artículo de MisAbogados.
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De este forma puedes acceder al dinero como sustitución a la pensión por vejez, y para realizar los trámites puedes asesorarte antes con uno de nuestros abogados expertos en el tema.
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