Despido sin previo aviso

despido laboral sin previo aviso

La terminación del contrato laboral la encontramos en el artículo 61 del código sustantivo del trabajo. Para que este termine por decisión del empleador, deben presentarse situaciones demasiado graves y particulares. Entonces, el trabajador habrá incurrido en una falta de tal magnitud que la decisión es irrevocable.

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A continuación, te explicaremos qué es el despido laboral sin previo aviso y cuáles son sus causales.


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¿Qué es el despido sin previo aviso?

Es la capacidad que tiene el empleador de terminar el contrato de trabajo de manera unilateral, de forma rápida y espontánea, motivado por una justa causa, y liberándose de la responsabilidad de pagar indemnización al trabajador.

¿Dónde se encuentran las causas de despido sin previo aviso?

El artículo 62 del código sustantivo del trabajo al enumerar las justas causas de terminación del contrato por parte del empleador, concluye que los numerales nueve al quince, deberán notificarse con al menos 15 días de anticipación. De lo cual se infiere que los numerales uno al ocho no requieren previo aviso.

¿Cuáles son las causas del despido laboral sin previo aviso?

  1. Al haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.
  2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.
  3. Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes o socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.
  4. Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y todagrave negligencia que ponga en peligrola seguridad de las personas o de las cosas.
  5. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar del trabajo,o en el desempeño de sus labores.
  6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador.
  7. La detención preventiva del trabajador por más de 30 días, a menos que posteriormente sea absuelto. La detención puede ser por menos tiempo cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.
  8. El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.

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Palabras clave: Derecho laboral

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