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Permiso para manifestaciones o protesta

Escrito por MisAbogados.com.co | 24-ene-2017 11:12:08

Muchas veces se presentan inconformidades con algún tipo de decisión pública de carácter privado y muchos buscan organizar manifestaciones en contra de alguna decisión o problemática. Sin embargo, hay algunos aspectos que debes tener en cuenta, ya que sin el cumplimiento correcto puede tener grandes repercusiones tal y como lo es una pena privativa de la libertad. Este articulo de MisAbogados.com.co te enseñará todo lo que debes saber acerca de las manifestaciones o protesta y cómo debe ser su procedimiento. No obstante, en caso de que necesites asesoría extra, te invitamos a completar el formulario de contacto de nuestra web y un experto se comunicará contigo a la brevedad.

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¿Cuál es el fundamento de una protesta o manifestación?

No hay motivos expresamente estipulados en la ley, lo puedes hacer con el fin de exponer tus ideas o intereses colectivos que pueden ser de carácter político, económico, social, etc. Es un derecho que se encuentra consagrado en la Constitución, donde se señala que “todos los ciudadanos tienen derecho a reunirse con la intención de exponer sus opiniones o posturas políticas religiosas o civiles”.  Lo anterior  se encuentra fundamentado en la libertad de expresión, asociación y pensamiento.

¿Cómo es el procedimiento si quiero organizar manifestaciones?

Se debe realizar un oficio por escrito dirigido a la Dirección de Seguridad Ciudadana, con 48 horas de anticipación. En este debe constar el motivo, lugar, fecha y hora en que se va a desarrollar dicha actividad. Este documento debe estar firmado por mínimo tres personas y se debe radicar en el Centro de Documentación e información (C.D.I) de la Secretaria Distrital de Gobierno ubicado en la Calle 11 No. 8 - 17, Piso 1 de Lunes a viernes de 7:a.m. a 4:30 p.m.

Si se va a realizar en otro lugar del territorio nacional, el oficio debe dirigirse a las Secretarias de Gobierno respectivas o autoridades políticas del lugar, cumpliendo con los requisitos citados en el párrafo anterior.

Después de radicar el permiso, dicha autoridad tendrá 24 horas para definir, modificar o confirmar el recorrido, fecha y hora de la marcha, siempre y cuando se considere que se puede presentar una situación de alteración de orden público, de lo contario se entenderá que esta se encuentra aprobado.

¿Qué pasa si quiero hacer una manifestación pero no tramite un permiso?

Las autoridades no podrán garantizarte la protección contra cualquier tipo de amenaza y/o riesgo y se considerará un hecho que te hace exclusivamente responsable. Además puedes ser privado de la libertad por la obstrucción de vía pública que afecte orden público lo cual puede acarrear una pena de veinticuatro a cuarenta y ocho meses de prisión para aquellos que obstruyan las vías de transporte en el curso de protestas que no hayan sido previamente autorizadas. (Código Penal, artículo 353A)

¿Qué debo tener en cuenta a la hora de realizar una manifestación o una protesta?

Debes desarrollar dicha actividad conforme a lo estipulado en la solicitud que presentaste, cumpliendo con los requisitos de lugar, fecha y hora. Se debe omitir cualquier tipo de violencia que afecte los derechos de las personas, como lo es el daño en bien ajeno, lesiones personales, daño al patrimonio público etc., Todos estos son delitos que acarrean sanciones dependiendo de su gravedad.

Por eso, lo mejor a la hora de desarrollar manifestaciones o protesta es tener en cuenta es que debes respetar los derechos de todo tipo de personas sin importar su pensamiento, ya que todos somos diferentes. Ahora si quieres saber algunos aspectos más puntuales de este tema o si has sido afectado por una de estas actividades te recomendamos que completes el formulario de contacto de nuestra web dejando tus datos. Nosotros estaremos dispuestos a brindarte acompañamiento y asesoría más completa para esta clase de temas.