¿Puedo recibir una indemnización si renuncio?

finalizacion de contrato

Un contrato de trabajo genera obligaciones tanto para el empleador como para el empleado, y si alguno de ellos incumple sus responsabilidades, el otro podrá dar por terminado el vínculo laboral. Si eres empleado y has dado paso a la finalización de contrato por culpa del empleador, tendrás derecho a la indemnización pertinente. En este artículo te explicamos todo acerca de ella.

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¿Cuándo puedo terminar un contrato de manera unilateral y recibir indemnización?

Si tu empleador ha incurrido en alguna de las causales que están contenidas en el código sustantivo del trabajo en su artículo 62, podrás dar pie a la finalización de contrato y exigir una indemnización:

  1. El haber sufrido engaño por parte del empleador respecto de las condiciones de trabajo.
  2. Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador o los miembros de su familia, dentro o fuera del servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o dependientes del empleador con el consentimiento o la tolerancia de éste.
  3. Cualquier acto del empleador o de sus representantes que induzca al trabajador a cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones políticas o religiosas.
  4. Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato, y que pongan en peligro su seguridad o su salud, y que el empleador no se allane a modificar.
  5. Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la prestación del servicio.
  6. El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales.
  7. La exigencia del empleador, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquél para el cual se le contrató.
  8. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al empleador o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.

¿A cuánto equivale la indemnización?

Para determinar el monto de la indemnización es necesario precisar algunos aspectos del trabajador como qué clase de contrato es y a partir de ahí, la duración del empleado.
Si el contrato es a término fijo: Se deberá cancelar el monto total de los salarios correspondientes al tiempo que falte para terminar el contrato, o el lapso que falte para terminar la obra o labor. En ningún caso la indemnización podrá ser inferior a 15 días.
Si el contrato es a término indefinido: Se podrán presentar los siguientes casos:

  1. Si el trabajador deviene menos de 10 SMLMV:
    1. 30 días de salario cuando el trabajador tenga menos de un año de servicio.
    2. Si tiene más de un año se pagarán 20 días de salario sobre los 30 iniciales por cada año de servicio subsiguiente y proporcional por fracción.
  2. Si el trabajador deviene 10 o más SMLMV:
    1. Se pagarán 20 días de salario si el trabajador tiene menos de 1 año de servicio.
    2. Si el trabajador tiene más de un año de servicio se pagarán 15 días de salario sobre los 20 iniciales por cada año subsiguiente y proporcional por fracción.

Si tiene 10 o más años de trabajo al 27 de Diciembre de 2002, la persona se debe remitir a la ley 50 de 1990. También se puede exigir en la indemnización el lucro cesante y el daño emergente.

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Palabras clave: Contratos laborales, Derecho laboral

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