Cuando fallece una persona entre otras cosas se comienzan a presentar un sinnúmero de situaciones preocupantes para los familiares, una de ellas es aquella que tiene que ver con el testamento que deja quien ha fallecido. Pues bien, entre las muchas figuras jurídicas que regulan los testamentos, hay una muy importante y son los albaceas o también llamados ejecutores testamentarios, y sobre ellos te hablaremos en este artículo de MisAbogados.com.co. Aunque si necesitas mayor asesoría, te invitamos a completar el formulario de nuestra web con tus datos y te contactaremos a la brevedad.
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Son aquellas personas que se encargan de cumplir las disposiciones hechas por el testador (es decir por la persona fallecida). Por lo tanto el albacea es la persona encomendada de cumplir cabalmente la voluntad del testador plasmada en el testamento.
En estos casos, bien sea porque el testador no designó una persona o bien sea porque ella falta por algún motivo (ej.: también falleció, se encuentra gravemente enferma, etc.) les corresponde a los herederos ejecutar las disposiciones del testador.
En estos casos el albacea nombrado puede rechazar su nombramiento ante un juez, pero debe probar el inconveniente que le asiste para ejercer el encargo, sino lo prueba se hará indigno para suceder al testador.
Se considera así porque se entiende que si el testador lo nombró es porque era de su entera confianza y esperaba que este cumpliera sus disposiciones, y no que lo hiciera otra persona diferente a la que él encargo.
Sus funciones principales son:
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