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¿Qué son los derechos adquiridos?

Escrito por MisAbogados.com.co | 08-oct-2025 10:30:00

En Colombia, la seguridad jurídica es uno de los pilares fundamentales del orden constitucional. Por eso, los derechos adquiridos representan una garantía esencial: protegen las situaciones jurídicas consolidadas frente a cambios normativos o decisiones arbitrarias del Estado. En este artículo te explicamos qué son los derechos adquiridos, cómo se diferencian de las meras expectativas, qué protección les otorga la ley y cómo ha interpretado este concepto la Corte Constitucional.

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¿Qué son los derechos adquiridos?

En Colombia, el concepto de derecho adquirido ha sido desarrollado tanto por la doctrina como por la jurisprudencia a través de las sentencias judiciales, entendiéndose este como aquel derecho que ya se ha incorporado definitivamente al patrimonio o a la esfera jurídica de una persona, producto del cumplimiento de las condiciones establecidas por la ley vigente al momento en que nació.

En otras palabras, una vez que el derecho se ha consolidado, ninguna norma posterior puede eliminarlo o restringirlo de manera retroactiva.

Diferencia entre derechos adquiridos y meras expectativas

Los derechos adquiridos son situaciones individuales y subjetivas creadas y consolidadas bajo el imperio de la ley en favor de sus titulares, por lo que deben ser respetados. Es por ellos que uno de los puntos más importantes al analizar este tema es distinguir entre derechos adquiridos y meras expectativas:

  • Derecho adquirido: es aquel que ya pertenece a una persona por haberse cumplido todas las condiciones legales para su existencia. Por ejemplo, cuando un trabajador cumple los requisitos para acceder a su pensión, este derecho ya está adquirido.

  • Mera expectativa: se refiere a una posibilidad o expectativa futura que depende de que se cumplan ciertas condiciones. Por ejemplo, un empleado que aún no cumple los requisitos para pensionarse solo tiene una expectativa, no un derecho adquirido.

La Corte Constitucional, en múltiples sentencias —como la C-168 de 1995— ha reiterado que la ley nueva puede modificar las expectativas, pero no puede afectar derechos adquiridos, pues hacerlo vulneraría la seguridad jurídica y la confianza legítima de los ciudadanos.

Fundamento legal y jurisprudencial

El artículo 58 de la Constitución Política señala que: "Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. [...]" (Subrayado por fuera del original)

Así mismo, el artículo 17 de la Ley 153 de 1887, que regula los efectos de las leyes en el tiempo, complementa la noción de derechos adquiridos y meras expectativas al establecer que “Las meras expectativas no constituyen derecho contra la ley nueva que las anule ó cercene." (Subrayado por fuera del original)

La jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado ha sostenido que el respeto por los derechos adquiridos garantiza la estabilidad del sistema jurídico y evita que las personas queden desprotegidas frente a cambios legislativos repentinos.

Importancia de los derechos adquiridos en el Estado de Derecho

Proteger los derechos adquiridos es una manera de preservar la confianza en la ley y en las instituciones. Si las normas pudieran alterar de manera retroactiva las situaciones jurídicas consolidadas, se afectaría la estabilidad social, la planeación económica y la seguridad de las relaciones jurídicas.

Por eso, este principio no solo beneficia a las personas individualmente, sino que refuerza la legitimidad del Estado y la previsibilidad del orden jurídico colombiano.

Conclusión

Los derechos adquiridos son una garantía esencial del sistema jurídico colombiano. Su reconocimiento busca evitar arbitrariedades del legislador y asegurar que las personas puedan confiar en la estabilidad de sus derechos una vez estos se han consolidado legalmente.

En definitiva, este principio protege la justicia, la buena fe y la confianza legítima, pilares fundamentales del Estado Social de Derecho.

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de derecho administrativo o constitucional y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.