Regulación de ruidos molestos

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En este artículo encontrarás información acerca de la regulación de los ruidos molestos, así como qué se considera ruido molesto y uno que otro dato importante relacionado con este tema que se presenta sobre todo en las ciudades grandes como Bogotá D.C. y Medellín y que ocasiona algunos problemas auditivos y genera gran estrés en las personas.

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¿Qué es un ruido molesto?

Cuando hablamos de ruidos molestos, nos referimos a todo aquel ruido que contamina auditivamente y hace que se generen problemas de estrés, intranquilidad o dolor de cabeza. Pertenecen a este concepto todos los ruidos excesivos que perturban la sana convivencia con uno o más copropietarios o vecinos. La característica más notoria es su efecto aturdidor, por lo que no se queda en el fuero de la convivencia sino ingresa también al de nuestra salud por ser nocivo para ella. Por lo general, está regulado por el reglamento interno de propiedad horizontal y en el código nacional de policía.

¿Qué dice la ley sobre un vecino ruidoso?

La ley es muy enfática al decir que se debe favorecer la tranquilidad de todas las personas residentes, esto significa que se debe respetar y acatar las disposiciones ambientales de contaminación no solo a niveles visuales sino a niveles auditivos. Por tanto, un residente tiene la obligación de abstenerse de ejecutar algún acto que afecte o comprometa la seguridad o perturbe la tranquilidad de sus vecinos, produciendo ruidos, molestias o actos no aptos para ese tipo de residencia.
En la propiedad horizontal los horarios están estipulados dentro de los manuales de convivencia de los conjuntos residenciales, aceptados y votados por la junta de acción comunal o por la asamblea de copropietarios.

¿Cuál es el nivel de ruido permitido residencialmente?

En nivel permitido es de 65 decibeles, y es el ruido normal de una casa por el uso de electrodomésticos, las conversaciones en tono normal sin que sea incómodo para el oído.

¿Qué obliga la norma sobre los ruidos molestos?

La norma obliga que a través de multas las personas tengan una mayor cultura ciudadana.

¿Qué es lo primero que debo hacer ante un vecino ruidoso?

Lo más recomendable es establecer un diálogo respetuoso y sincero con el vecino o copropietario que genera el ruido para que lo disminuya. En caso de que persista, se debe llamar al administrador de la unidad residencial, asamblea de copropietarios, aunque no es obligatorio ya que sin necesidad de ir a estas autoridades puede acudir ante los inspectores de policía cuando hay frecuentemente este proceder. Por lo que conviene llamar al cuadrante o a la línea de la policía que tengas 123 en el caso de Bogotá, pues la policía es quien puede aplicar el correctivo necesario. Cabe anotar que al no haber propiedad horizontal podemos acudir a la policía directamente o ante el inspector de policía que amonestarán según sea el caso.

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Palabras clave: Derecho Civil, Ley de Copropiedad, Derecho y asesoría legal

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