Responsabilidad de los dueños de mascotas por sus actos

animales-domesticos-mascota

Las mascotas indiscutiblemente se convierten en un miembro importante de la familia, y es nuestra responsabilidad darles amor y el cuidado necesario pero además asumir los daños que puedan o lleguen a ocasionar. En este artículo de MisAbogados.com.co te contamos qué dice la legislación sobre las mascotas y la responsabilidad de sus actos.

¿Necesitas asesoría legal? ¿Estás teniendo problemas con tus vecinos por tu mascota? Nosotros podemos ayudarte, déjanos tus datos y un abogado experto se comunicará contigo en minutos.


También podría interesarte: Propiedad horizontal y tenencia de mascotasMaltrato animal


¿Cuál es el concepto de animal?

La RAE lo ha definido como todo ser vivo que vive, siente y se mueve por su propio impulso.

¿Qué son los animales dentro de la legislación?

Son cosas que no realizan actos jurídicos, sino que general hechos que pueden generar un daño.

¿Existe una definición jurídica de animal en la legislación colombiana?

Sí, el Código Civil colombiano realiza una distinción entre animales bravíos o salvajes, los domésticos y los domesticados de la siguiente manera: “Se llaman animales bravíos o salvajes los que viven naturalmente, libres e independientes de hombre, como las fieras y los peces; domésticos los que pertenecen a especies que viven ordinariamente bajo la dependencia del hombre, como las gallinas y las ovejas; y los domesticados los que, sin embargo de ser bravíos por su naturaleza se han acostumbrado a la domesticidad y reconocen en cierto modo el imperio del hombre. Estos últimos mientras conservan la costumbre de volver al amparo o dependencia del hombre, siguen la regla de los animales domésticos y perdiendo esta costumbre vuelven a la clase de los animales bravíos”.

¿Por qué es importante realizar la anterior diferenciación?

Es importante ya que la mayoría de los daños causados es producida por animales domesticados, que muy a pesar de convivir a diario con el ser humano, pueden responder a sus impulsos salvajes y generar daños.

¿La legislación contempla la responsabilidad causada por un animal?

Sí, el Código civil distingue entre la responsabilidad por daño causado por animal doméstico y el causado por animal fiero de la siguiente manera: Para el caso del daño causado por animales domésticos, indica que el dueño de los mismos es responsable de los daños que llegue a causar incluso cuando éste se haya soltado o extraviado, excepto cuando se demuestre que no fue su culpa. Para el caso de los animales fieros la responsabilidad será de quien lo tenga.

¿Qué tipo de responsabilidad tienen entonces lo dueños de mascotas por los daños que éstas puedan llegar a ocasionar?

La responsabilidad es la que jurídicamente se conoce como extracontractual, que es aquella en la que se genera una obligación sin que exista ningún tipo de vínculo contractual entre las partes implicadas. En este caso derivada de una hecho generado por las mascotas que produjeron un perjuicio y por el que su dueño debe responder.

Si necesitas más asesoría sobre la responsabilidad de los dueños de mascotas por sus actos, contáctanos a través del formulario de MisAbogados.com.co y te asesoraremos en tu caso.

Palabras clave: Derecho y asesoría legal

¿Necesitas ayuda legal?

Cuéntanos lo que necesitas y un abogado te recomendará lo mejor para ti.

Comienza aquí