En Colombia, la salud es un derecho fundamental. Esto significa que todas las personas tienen derecho a recibir atención oportuna, digna y de calidad, y que el Estado, las EPS, las IPS y los profesionales de la salud tienen obligaciones claras frente a los pacientes. Sin embargo, los pacientes no solo tienen derechos, sino también deberes dentro del sistema de salud. Conocerlos permite exigir una atención adecuada y evitar conflictos o malos usos del sistema.
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Los derechos y deberes de los pacientes están respaldados por varias normas fundamentales, entre ellas:
Constitución Política de Colombia, artículo 49: reconoce la salud como un servicio público esencial a cargo del Estado, garantizando su acceso universal.
Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud): regula el contenido esencial del derecho fundamental a la salud.
Ley 23 de 1981: normas de ética médica.
Resolución 13437 de 1991 del Ministerio de Salud y Protección Social: Carta de Derechos de los Pacientes.
Jurisprudencia de la Corte Constitucional, que ha desarrollado ampliamente la protección del derecho a la salud mediante acción de tutela.
La Ley 1751 de 2015 estableció que la salud es un derecho fundamental autónomo, lo que implica que:
No depende de la capacidad económica del paciente.
Es exigible de forma directa, incluso mediante acción de tutela.
Debe prestarse de manera oportuna, continua, integral y sin discriminación.
La Corte Constitucional ha reiterado que cualquier barrera administrativa que impida el acceso efectivo a los servicios de salud puede vulnerar este derecho.
Todo paciente tiene derecho a recibir atención respetuosa, humana y sin discriminación por razones de edad, género, orientación sexual, discapacidad, condición económica, origen étnico o estado de salud.
Los pacientes tienen derecho a recibir información comprensible y completa sobre:
Su estado de salud
Diagnósticos
Procedimientos médicos
Riesgos y beneficios de los tratamientos
Alternativas disponibles
Esta información debe suministrarse antes de tomar decisiones sobre la atención médica.
Ningún procedimiento médico o quirúrgico puede realizarse sin el consentimiento informado del paciente, salvo excepciones legales (urgencias vitales o incapacidad del paciente).
El consentimiento debe ser libre, previo, informado y expreso.
La historia clínica es un documento reservado. Solo puede ser conocida por el paciente, los profesionales de la salud involucrados y las autoridades judiciales o administrativas en los casos autorizados por la ley.
Este derecho está relacionado con la protección de datos personales y la intimidad del paciente.
Dentro de la red autorizada por la EPS, el paciente puede elegir:
La IPS que lo atiende
El profesional de la salud
Siempre que exista disponibilidad y se respeten las reglas del sistema.
Cuando los derechos del paciente son vulnerados, este puede:
Presentar PQR ante la EPS o la IPS
Acudir a la Superintendencia Nacional de Salud
Interponer acción de tutela
Presentar quejas ante tribunales de ética médica
El ejercicio de los derechos implica también responsabilidades. Entre los principales deberes están:
Seguir las recomendaciones médicas y adoptar hábitos saludables contribuye al buen funcionamiento del sistema.
El paciente debe informar de manera clara y honesta sobre su estado de salud, antecedentes y tratamientos previos.
Respetar horarios, procedimientos administrativos y protocolos de atención.
El trato respetuoso es obligatorio. Las agresiones verbales o físicas pueden generar consecuencias legales.
Afiliarse oportunamente al sistema de salud en Colombia, según el régimen que lo ampare (subsidiado o contributivo), y evitar el uso indebido o fraudulento de los servicios, lo cual contribuye a la sostenibilidad del sistema.
Cuando un paciente considera que su derecho a la salud ha sido vulnerado, puede:
Presentar una reclamación directa ante la EPS o IPS.
Acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, que ejerce funciones de inspección, vigilancia y control.
Interponer acción de tutela, cuando exista riesgo o afectación grave al derecho fundamental a la salud.
La Corte Constitucional ha señalado que la tutela es un mecanismo eficaz cuando los servicios de salud son negados, retrasados o condicionados injustificadamente y la vida, salud e integridad personal del paciente se encuentra amenazada o ya ha sido afectada.
Algunos grupos tienen protección reforzada, como:
Niños, niñas y adolescentes
Personas con discapacidad
Adultos mayores
Mujeres gestantes
Personas con enfermedades huérfanas o de alto costo
En estos casos, las entidades de salud deben actuar con mayor diligencia y prioridad.
Antes y durante la atención en salud, se recomienda:
El derecho a la salud en Colombia es fundamental y exigible. Conocer los derechos y deberes de los pacientes permite acceder a una atención adecuada, prevenir abusos y actuar oportunamente cuando se presentan irregularidades.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de salud o derechos fundamentales y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.