Diferencias entre testamento abierto y cerrado

testamento abierto

Dentro de la libertad que la ley da al causante para repartir sus bienes de la forma que mejor le parezca y sin perjuicio de las asignaciones forzosas que debe tener en cuenta, el testador puede además establecer la formalidad en la que se debe leer el testamento. Es por esto que existen dos tipos de testamento, el abierto y el cerrado.

Desde Misabogados.com entendemos que es importante para ti conocer las formas en las que puedes expresar tu voluntad, por eso queremos darte las bases necesarias para hacerlo conforme a la ley y según te convenga.


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¿Qué es el testamento?

El testamento es un documento solemne por medio del cual una persona establece como debe ser distribuido su patrimonio después de la muerte.  Ya hemos visto en otros artículos cuáles deben ser las partes de un testamento, y ahora corresponde establecer cuales son los tipos de testamento que se encuentran contemplados en la ley.

 ¿Qué es el testamento abierto?

El testamento abierto es aquel acto solemne por medio del cual el testador hace conocedores a los testigos y al notario de su voluntad, expresándola a viva voz sin perjuicio de que siempre debe estar escrito. El testamento abierto a su vez puede ser de diferentes tipos:

  1. Testamento abierto principal: Se otorga ante un Notario, con la presencia de testigos.
  2. Testamento abierto subsidiario: Se otorga solamente ante 5 testigos sin la presencia de notario. En estos casos el testamento debe ser publicado ante un juez, quien debe firmar todas las paginas del documento.

¿Qué requisitos tiene el testamento abierto?

El testamento abierto tiene ciertos requisitos, sin los cuales no puede considerarse como una forma valida de expresión de voluntad, a saber:

  1. Contenido formal: Es necesario que dentro del documento que debe ser leido se contemplen mínimo:
    1. Nombre completo del testador.
    2. Lugar y fecha de nacimiento, así como la nacionalidad.
    3. Domicilio.
    4. Edad.
    5. Asegurar encontrarse en sano juicio.
    6. Nombre completo del cónyuge, o de haber contraído matrimonio en mas de una ocasión, el de todos ellos.
    7. Nombre completo de los hijos, estableciendo si alguno ha fallecido.
    8. Nombre e identificación de los testigos.
    9. Lugar y fecha en el que se otorga el testamento.
    10. Identificación del Notario, de haberlo.
  1. Formalidad principal: El testamento abierto debe ser leído en voz alta y ante todos los presentes, sea notario o testigos.
  1. Formalidad en el otorgamiento: El documento debe ser firmado por los testigos, el notario y el testador. En caso de que el testador no pueda firmar debe consignarse esta situación por escrito.

¿Qué es el testamento cerrado?

El testamento cerrado es aquel en el que el testador quiere que nadie se entere de lo que se ha dispuesto, es por esto que se entrega en sobre cerrado. Debe por lo tanto ser escrito.

¿Qué requisitos tiene el testamento cerrado? 

El testamento cerrado tiene ciertas formalidades que deben ser tenidas en cuenta a riesgo de que este no sea valido, a saber:

  1. Es una escritura cerrada, pero debe declararse a viva voz que lo que se encuentra dentro del sobre es la voluntad del causante, estando este en sano juicio.
  2. El testamento debe estar firmado por el testador.
  3. La cubierta del testamento debe estar cerrada de una forma segura, de forma que no pueda extraerse el testamento sin romperla, el notario debe sellar esta.
  4. El notario debe poner sobre la cubierta el nombre e identificación de los testigos y del causante, y asegurar que este se encuentra en sano juicio.
  5. Deben aparecer sobre la cubierta 7 firmas, la del causante, el notario y 5 testigos.
  6. El notario debe levantar una escritura publica estableciendo el día, lugar y hora en done comparecieron todos a firmar el testamento y la edad del otorgante.

¿Cuándo puedo hacer testamento abierto y cuando cerrado?

En principio eres libre para hacer el testamento según lo decidas, sin embargo la ley ha establecido que las personas ciegas y aquellas que no sepan leer ni escribir solamente podrán hacer testamento abierto.
Si tienes más dudas acerca del testamento, visita MisAbogados.com.co y te contactaremos con un abogado experto.

Palabras clave: Herencias

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