¿Se pueden heredar deudas en Colombia?

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Cuando una persona fallece no solo deja bienes, también deja obligaciones pendientes. En Colombia, las deudas pueden formar parte de la herencia, pero su manejo y alcance tienen reglas claras. Este artículo explica qué ocurre con las deudas del fallecido, qué dicen las normas y cuáles opciones existen para proteger el patrimonio de los herederos.


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¿En qué consiste la herencia de deudas?

En Colombia, la herencia comprende activos y pasivos del fallecido. Esto significa que la sucesión está compuesta por:

  • Bienes (casas, vehículos, dinero, inversiones)

  • Derechos (créditos a favor del fallecido)

  • Obligaciones (deudas, préstamos, hipotecas, impuestos pendientes, etc.)

El Código Civil establece que la herencia está conformada por el patrimonio del causante a la fecha del fallecimiento (art. 1008).

En términos simples: sí es posible heredar deudas, pero eso no significa que los herederos respondan con sus bienes personales.

¿Quién responde por las deudas del fallecido?

Las obligaciones del fallecido, en principio, deben pagarse con los bienes que dejó, no con el patrimonio personal de los herederos.

El artículo 1016 del Código Civil establece que las deudas hereditarias deben pagarse con el acervo (el conjunto de bienes que conforma la herencia). Así mismo, el artículo 1411 señala que las deudas se dividen entre los herederos, en proporción a la cuota heredada y hasta el monto de la herencia recibida. No obstante, para que los herederos puedan aprovechar este beneficio deben hacer uso de la figura del beneficio de inventario. 

¿Los herederos pagan las deudas con sus propios bienes?

Esto depende de cómo los herederos decidan aceptar la herencia:

1. Aceptación de la herencia con beneficio de inventario:

El artículo 1304 del Código Civil protege al heredero indicando que solo responde por las deudas hasta el valor de los bienes heredados y nunca con su patrimonio personal, siempre que manifieste expresamente que acepta la herencia con beneficio de inventario

2. Aceptación de herencia pura y simple:

Según el artículo 1302 del Código Civil, el heredero que manifiesta aceptar la herencia de manera pura y simple o que actúa como heredero sin antes haber realizado un inventario solemne del patrimonio del difunto, se hace responsable incluso de las deudas hereditarias, en proporción a la cuota recibida, aunque estas superen el valor de los bienes que recibe.

En términos prácticos, esto significa que el heredero podría terminar pagando deudas con su propio patrimonio. Por eso, aceptar la herencia sin revisar antes cómo estaba conformado el patrimonio del causante es riesgoso.

¿El testador puede dejar alguna directriz para que los herederos no puedan hacer uso del beneficio de inventario?

De acuerdo con el Código Civil (arts. 1306 y 1309), el testador no puede prohibir a un heredero aceptar con beneficio de inventario. Así mismo, la ley otorga la facultad a todo heredero de aceptar con beneficio de inventario, siempre que no haya realizado ningún acto propio de heredero antes de llevar a cabo el inventario solemne del patrimonio del fallecido.

¿Qué otras implicaciones tiene el heredero al aceptar con beneficio de inventario?

Además de no comprometer su patrimonio para el pago de las deudas hereditarias, aceptar con beneficio de inventario implica:

  •  Que las deudas y créditos personales del heredero, no se confundan con las deudas y créditos de la sucesión.

  • El heredero podrá librarse de toda obligación entregándole los bienes de la sucesión a los acreedores. 

  • Si hay varios herederos y uno o más de ellos quieren aceptar con beneficio de inventario, los demás también deberán aceptar de esta manera. 

Recomendaciones antes de aceptar o rechazar una herencia

  1. Solicitar un inventario solemne de bienes y obligaciones.

  2. Revisar si existen hipotecas, embargos, impuestos, créditos o deudas personales del fallecido.

  3. Consultar certificaciones bancarias y obligaciones financieras.

  4. Pedir asesoría legal, especialmente si hay varios herederos o bienes de origen complejo.

  5. Si hay dudas sobre el estado real del patrimonio, aceptar con beneficio de inventario.

Conclusión

Las deudas hereditarias en Colombia no deben generar temor, pero sí requiere claridad. La ley ofrece mecanismos para que el heredero esté protegido, especialmente mediante el beneficio de inventario, que evita que el patrimonio personal se vea afectado. Antes de aceptar una herencia, es esencial revisar la situación económica del fallecido, evaluar las obligaciones pendientes y asesorarse correctamente. Una decisión informada evita riesgos y asegura que el proceso sucesoral sea justo y seguro.

Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica en materia de sucesiones o derecho de familia y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.  

Palabras clave: Derecho de Familia, Herencias

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