La extradición es un mecanismo jurídico mediante el cual un Estado entrega a una persona solicitada por otro Estado para ser juzgada o para cumplir una condena penal. En Colombia, este proceso está regulado por la Constitución Política, la Ley 906 de 2004 y diversos tratados internacionales suscritos por el país.
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El artículo 35 de la Constitución Política establece que la extradición se solicitará, concederá u ofrecerá conforme a la ley y a los tratados internacionales vigentes. Además, la Ley 906 de 2004, en sus artículos 490 y siguientes, regula el procedimiento aplicable, incluyendo la posibilidad de captura con fines de extradición basada en la solicitud formar y urgente del Estado requirente.
Tanto nacionales como extranjeros que sean solicitados formalmente por otro Estado en extradición por haber cometido un presunto delito en su territorio nacional.
La Corte Suprema de Justicia ha reiterado que, para conceder la extradición, la conducta imputada debe constituir delito tanto en Colombia como en el país requirente (principio de doble incriminación). Incluso, en ausencia de un tratado específico, se pueden aplicar convenios multilaterales ratificados por Colombia que formen parte del bloque de constitucionalidad .
La Corte Constitucional ha sostenido que no procede la extradición por delitos políticos o conexos, conforme al artículo 35 de la Constitución. Sin embargo, ha aclarado que ciertos delitos, como el terrorismo, no se consideran políticos y, por tanto, no están excluidos de la extradición .
La Corte Suprema ha establecido que no se puede extraditar a una persona que ya ha sido juzgada en Colombia por los mismos hechos, en aplicación del principio de non bis in idem, que prohíbe ser juzgado dos veces por el mismo delito.
La decisión final sobre la extradición corresponde al Presidente de la República, quien debe considerar aspectos de conveniencia y oportunidad, especialmente en casos relacionados con procesos de paz o justicia transicional.
El extraditado debe ser juzgado por los delitos que motivaron la extradición, no por otros diferentes.
Dado que en Colombia se encuentra prohibida la pena de muerte, en caso de que un país requiera la extradición con este tipo de sanción, ésta se concederá bajo la condición de que la pena de muerte se sustituya por otra.
Solicitud formal: El Estado requirente presenta la solicitud de extradición al Gobierno colombiano.
Concepto de la Corte Suprema: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia emite un concepto sobre la procedencia jurídica de la extradición.
Decisión presidencial: El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Interior y de Justicia decide si concede o no la extradición, considerando el concepto de la Corte y otros factores de conveniencia.
Entrega del requerido: Si se concede la extradición, se procede a la entrega de la persona al Estado solicitante.
La extradición en Colombia es un proceso complejo que equilibra la cooperación internacional en la lucha contra el crimen con la protección de los derechos fundamentales de las personas requeridas. Las decisiones de las Altas Cortes han sido fundamentales para delimitar los alcances y garantías de este mecanismo.
Recuerda que el presente artículo contiene temas de carácter general y no constituye asesoría legal. Si requieres mayor orientación para resolver una situación jurídica de tipo penal y necesitas un abogado experto en el asunto, aquí podemos conectarte con profesionales del derecho confiables, con gran experiencia y bajo tarifas justas. Contáctanos a través de nuestro formulario virtual.