Ley migratoria en Colombia

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La ley migratoria es un tema que interesa a muchos, por eso en este artículo te contaremos un poco más al respecto.

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 ¿Qué es la ley migratoria?

Es un mecanismo del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Gobierno Nacional para regular el ingreso, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional. En Colombia, esta corresponde al decreto No 0834 del año 2013.

 ¿Qué puedo encontrar en este decreto sobre la ley migratoria?

Puedes encontrar definiciones en materia migratoria como lo son las visas, sus clases, tiempo de permanencia en el territorio colombiano, personas a las que se les aplica la ley, procedimientos para la solicitud de visas, motivos por los que se aprueban o niegan, así mismo por los cuáles se cancela, el registro, la documentación y otras cuestiones.

Según la ley migratoria, ¿qué es la visa?

La visa es una autorización dada a los extranjeros concedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores para ingresar en el territorio nacional.

¿La visa tiene vigencia o no?

Sí, y esta dependerá de del tipo de visa que se solicite o te hayan otorgado, en cualquier caso será el tiempo comprendido entre la fecha de otorgamiento y la fecha de finalización indicada en la etiqueta de la visa.

¿Cómo sé qué tipo de visa debo pedir para ingresar a Colombia?

Dependerá del motivo por el que ingresas al país:

  1. Si tu motivo es intercambio comercial, inversiones, creación de empresa y afines a estos será la VISA DE NEGOCIOS NE, su vigencia será por lo regular de 3 años con múltiples entradas y permanencia continúa o no de no más 180 días. Esta a su vez será NE1, NE2, NE3, NE4 y la diferencia entre una u otra será no el motivo sino la permanencia.
  2. Si tu motivo es el de pasar por el país sin establecerte en él será la TP, este motivo debe ser ajeno a los negocios. Serán TP1, TP2, TP3, TP4, TP5, TP6, TP7, TP8, TP9, TP10, TP11, TP12 y TP13, y en esta clase de visa sí será relevante el motivo pues este determinará el tipo qué te den y la vigencia para cada caso.
  3. Si tu motivación ingresar al país para radicarte en él será la RE y estará sujeta a las relaciones familiares qué se tengan dentro del país consanguíneas o por adopción también se tendrán en cuenta la situación de las personas con cualquiera de las TP durante un tiempo mínimo de cinco (5) años continuos e ininterrumpidos.

¿Qué beneficios pueden tener mis familiares extranjeros respecto a la visa?

Tu pareja, tus hijos menores de 25 años de edad, o mayor de 22 con discapacidad tendrán visa en calidad de beneficiario y de allí será titular de lo que con esta se te otorga.

En cualquier caso, lo más conveniente es que si eres extranjero pidas asesoría en el consulado, embajada, al Ministerio de relaciones exteriores para ver cuál es tu caso y que sería lo correcto a aplicar, o bien, puedes comunicarte con nosotros a través de nuestro formulario, donde un experto te podrá asesorar.

Palabras clave: Extranjería y migraciones, Derecho y asesoría legal

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