Lamentablemente en algunas parejas se presentan situaciones que hacen imposible la convivencia, lo que lleva a algunos a tomar la decisión de divorciarse, pero muchos no tienen conocimiento sobre la correcta forma de hacerlo. En este artículo te explicaremos cuales son los métodos para divorciarse y el procedimiento para cada uno de ellos.
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En Colombia existen dos formas mediante las cuales tú te puedes divorciar, cada una de ella se aplica dependiendo del caso en concreto.
Consiste en la cesación de efectos civiles y liquidación de la sociedad conyugal por medio de conciliación y posteriormente mediante tramite realizado ante notario; es decir la pareja manifiesta ante autoridad competente su deseo de separarse por voluntad propia y acuerdan los asuntos relativos a:
Los derechos notariales deben ser pagados al momento de presentarse la solicitud con sus correspondientes anexos, una vez revisada la solicitud por el notario, este autorizara la escritura de divorcio del matrimonio civil; una vez inscrita dicha escritura el notario comunicara la inscripción al funcionario encargado del registro del estado civil, el cual debe hacer la correspondiente anotación sobre el divorcio, a expensas del interesado.
Consiste en la cesación de los efectos civiles y liquidación de la sociedad conyugal ante juez mediante la demanda de matrimonio civil. Este proceso se realiza en caso de no existir acuerdo o voluntad de las partes para llevar a cabo el divorcio.
Este trámite se inicia con la presentación de la demanda por medio del abogado, invocando la causal correspondiente para el caso, causales que se encuentran consagradas en el Código Civil.
Con la presentación de la demanda se deben anexar las pruebas que demostrarán la existencia de la causal invocada, los registros civiles de nacimiento de los hijos menores de edad, registro civil de matrimonio y de nacimiento de los cónyuges, además de los certificados de propiedad de los bienes que hacen parte de la sociedad conyugal.
El divorcio solo podrá ser demandado por el cónyuge no culpable de los hechos invocados, y en este proceso solo son partes los cónyuges, excepto cuando éstos sean menores de edad, caso en el cual sus padres podrán intervenir o el defensor de familia, especialmente ante la existencia de hijos menores.
El trámite del divorcio tendrá los siguientes pasos:
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