Hoy en día cuando muchos de nosotros firmamos un documento privado, eventualmente surge con posterioridad a él una acción, actividad o procedimiento conocido como “reconocimiento de firmas". Este es un procedimiento muy sencillo pero del cual muy pocas personas tienen conocimiento. A continuación te explicaremos en qué consiste, aunque si tienes dudas o necesitas más asesoría puedes contactarnos a través de nuestra web MisAbogados.com.co.
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Es una declaración personal que se hace respecto a la veracidad de la firma expresada en un documento o texto.
Cualquier persona que haya suscrito un documento privado podrá acudir ante un notario para que sea el quien autorice el reconocimiento que hagan de su firma y del contenido de aquel. Para esto se citan a las partes que estén vinculadas con el documento para que los comparecientes afirmen que el contenido del documento es cierto.
De esta forma, se procederá a extender una diligencia en el mismo documento o en hoja adicional, en que se expresen el nombre y descripción del cargo del notario ante quien comparecen; el nombre e identificaciones de los comparecientes; la declaración de éstos de que las firmas son suyas y el contenido del documento es cierto, y el lugar y fecha de la diligencia, que terminará con las firmas de los declarantes y del notario quien, además estampará el sello de la notaría.
El reconocimiento practicado en dicha forma, da plena autenticidad y fecha cierta al documento y procede respecto del otorgado para pactar expresamente obligaciones.
Si tienes más dudas acerca del reconocimiento de firmas, te invitamos a visitar MisAbogados.com.co y te contactaremos con un abogado experto en el tema.