Dentro de la vida diaria de casi todas las personas, los negocios son fundamentales, especialmente para los comerciantes, siendo estos su única forma de sustento. Es así como para el pago de las obligaciones dinerarias se han inventado diferentes instrumentos que no son necesariamente dinero, pero son exigibles en este. La acción cambiaria nace como un instrumento para hacer efectivo el cobro de esos instrumentos reclamables en dinero.
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La acción cambiaria es la facultad que tiene un acreedor para hacer efectivo el cobro de una deuda que se encuentra representada en títulos representativos en dinero, o en mercaderías.
Existen dos tipos de acciones cambiarias:
Los cheques son un titulo valor especial, debido a que este es un medio de pago, y por lo tanto nace de una relación especial cliente-banco, es por esto que el librado, es decir, el cliente, nunca es parte de la cadena de valor, y por esto no se puede llevar en contra de este una acción cambiaria. Por eso, cuando se vaya a ir contra avales y endosantes, nunca puede irse en contra del librado, si no de la persona a nombre de la cual está el cheque y los endosantes y avales que nazcan de ahí en adelante.
La acciones cambiarias pueden proceder:
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