¿Qué es la sanción por extemporaneidad?

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Son muchos los impuestos que debemos pagar y por lo tanto las entidades del Estado encargadas de realizar su recaudo cuentan con una programación que permite a los ciudadanos conocer cuáles son los plazos y fechas no sólo para realizar los respectivos aportes sino también las necesarias declaraciones.


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¿Qué pasa si no se realizan las declaraciones necesarias en los plazos y fechas estipuladas?

El ciudadano podrá ser sancionado con lo que se conoce como sanción de extemporaneidad.

¿Cuál es la sanción de extemporaneidad?

Para calcular el monto de la sanción se tienen en cuenta dos cosas:

  1. Si el incumplimiento se corrige voluntariamente.
  2. Si el incumplimiento se corrige luego de la actuación de la DIAN (Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales).

En el primer caso, el valor de la sanción es del 5% del total del impuesto, por cada mes o parte del mes de demore en pagar.
En el segundo caso, el valor de la sanción será el doble, es decir, 10%.

¿Cuáles son los límites de la sanción de extemporaneidad?

  1. Cuando se corrige voluntariamente, no puede exceder el 100% del valor del impuesto.
  2. Cuando se corrige luego de un emplazamiento realizado por la DIAN, no puede exceder el 200% del valor del impuesto.

¿Cómo se calculan esas sanciones tributarias?

Para el cálculo de las sanciones tributariass se tiene en cuenta:

  1. Tiempo que lleva sin ser pagada: En este punto es importante tener en cuenta que cada parte del mes que haya sido dejada de pagar se considera como un mes completo. Ejemplo: Si se pasó 40 días para declarar, tenemos que 30 días correspondes a 1 mes, los 10 días restantes, que hacen parte del siguiente mes se consideran como 1 mes completo. Entonces debe pagar por dos meses.
  2. Valor del impuesto.

¿Cómo se paga la sanción de extemporaneidad?

Se paga luego de hacer la respectiva declaración.

¿En qué consiste el emplazamiento para declarar?

Es un llamado que hace el Estado, en este caso a través de la DIAN, para que la persona presente la respectiva declaración que no ha realizado. Esto lo realiza luego de que la DIAN hace el estudio que determina que la persona estando obligada a declarar no lo hizo.

Es importante tener en cuenta que si la persona que va a ser sancionada alega que la razón por la que no declaró es porque no está obligada a hacerlo, puede aportar pruebas que lo demuestren.

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Palabras clave: Derecho tributario

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