Son muchos los impuestos que debemos pagar y por lo tanto las entidades del Estado encargadas de realizar su recaudo cuentan con una programación que permite a los ciudadanos conocer cuáles son los plazos y fechas no sólo para realizar los respectivos aportes sino también las necesarias declaraciones.
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El ciudadano podrá ser sancionado con lo que se conoce como sanción de extemporaneidad.
Para calcular el monto de la sanción se tienen en cuenta dos cosas:
En el primer caso, el valor de la sanción es del 5% del total del impuesto, por cada mes o parte del mes de demore en pagar.
En el segundo caso, el valor de la sanción será el doble, es decir, 10%.
Para el cálculo de las sanciones tributariass se tiene en cuenta:
Se paga luego de hacer la respectiva declaración.
Es un llamado que hace el Estado, en este caso a través de la DIAN, para que la persona presente la respectiva declaración que no ha realizado. Esto lo realiza luego de que la DIAN hace el estudio que determina que la persona estando obligada a declarar no lo hizo.
Es importante tener en cuenta que si la persona que va a ser sancionada alega que la razón por la que no declaró es porque no está obligada a hacerlo, puede aportar pruebas que lo demuestren.
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