¿Qué es la separación de bienes?

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Uno de los asuntos que más importa a la hora de decidir construir el proyecto de vida con otra persona es la construcción de un patrimonio que permita sostener la familia, los hijos y las necesidades de la pareja. Pero resulta quizás más importante y preocupante el hecho de determinar quién se va a quedar con los bienes luego de que el amor se acaba y se decide que lo mejor es la separación.
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¿Qué es la separación de bienes?

El Código Civil Colombiano establece que la separación de bienes se produce cuando ninguno de los cónyuges tiene derecho a los gananciales del otro.

¿Qué son los gananciales?

Son todos los bienes que han sido adquiridos dentro del matrimonio y que por tanto pertenecen a los dos cónyuges.

¿Cuáles son las causales para pedir una separación de bienes?

Son las mismas a la hora de solicitar la separación de cuerpos:

  1. Por cualquiera de las causales de divorcio
  2. Cuando ambos cónyuges están de acuerdo
  3. Cuando es ordenado por un juez (en caso de que no exista el consentimiento para realizarlo por alguno de los cónyuges
  4. Por insolvencia de alguno de los cónyuges
  5. Por la realización de cualquier actividad por parte de uno de los dos cónyuges que ponga en peligro el patrimonio y los intereses del otros cónyuge

¿Es necesario que se dé el divorcio?

No. La separación de bienes tiene lugar sin necesidad de que se realice el divorcio. La separación de bienes no pone fin al matrimonio.

¿Ante quién se realiza la separación de bienes?

Depende de la voluntad de los cónyuges, pues si uno de ellos no está de acuerdo, se debe hacer el trámite ante un Juez de Familia. En caso de que ambos lo estén, puede realizarse ante una notaría.

Algunas recomendaciones para dar trámite al procedimiento son:

  1. Es importante identificar los bienes que hacen parte de la sociedad conyugal, pues según el tipo de bien se sabe cuál es la entidad ante la que se debe presentar la solicitud de la separación de bienes.
    1. Si se trata de bienes que no son sometidos a registro como los electrodomésticos, juegos de alcoba, entre otros; dicha solicitud puede realizarse en Centros de conciliación, Comisarías de Familia, la Defensoría del Pueblo.
    2. Si se trata de bienes que sin son sometidos a registro como vehículos e inmuebles y es de común acuerdo, puede acudirse a una Notaría. Esto debido a que la ley dispone que la separación de los bienes debe elevarse a escritura pública.

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Palabras clave: Derecho de Familia

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