En las sociedades actuales, a diferencia de hace algunos años, es muy común que las parejas decidan divorciarse, motivos… muchos, lo importante es saber qué puedes hacer en caso de que sea tu deseo divorciarte pero tu cónyuge no lo considere de esa manera.
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El trámite del divorcio depende del tipo de matrimonio que la pareja contrajo.
Es importante que tengas en cuenta que el matrimonio católico tiene un alcance que sobrepasa el ordenamiento jurídico colombiano, así el trámite que debe seguirse en estos casos no es el divorcio sino la cesación de efectos civiles del matrimonio, que ocasiona los mismos efectos que el divorcio pero es el único trámite que puede adelantarse jurídicamente. Para el divorcio es necesario que acudas ante la Jurisdicción canónica.
En este caso, de existir común acuerdo entre los cónyuges, puede solicitarse el divorcio ante una notaría, quien elevará a escritura pública dicho acto y además dará la certificación respectiva para que se realice la anotación correspondiente en los registros civiles de nacimiento de cada uno de los cónyuges.
En este caso la solicitud sólo puede realizarse ante un Juez de Familia, presentando una demanda (por intermedio de un abogado) en la que se pruebe que existe una justa causa para dar por terminado el matrimonio.
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