Tipos de bienes

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Con el siguiente artículo de MisAbogados.com.co podrás tener una mayor concepción acerca de los tipos de bienes, atendiendo a su clasificación de una forma puntual y sencilla, aunque si tienes más dudas al respecto, contáctanos a través del formulario de contacto y te responderemos a la brevedad.


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¿Qué es un bien?

Un bien es toda cosa existente dentro de la naturaleza que puede ser perceptible o no por los sentidos, qué puede ocupar o no un espacio físico en la naturaleza, por lo que no es descabellado pensar en que este término también le pertenece a toda entidad espiritual o corporal, natural y artificial real o abstracta, ya que el derecho suele en forma indistinta utilizarlo. Por ejemplo: un bien no corporal pueden ser las acciones en el club, los créditos derechos etc. Y un bien corporal que se percibe con los sentidos puede ser: un carro, tu mascota o tu casa.

¿Cuáles son las características de los bienes?

  1. La utilidad que le dan al hombre
  2. Hacer parte del patrimonio de ese

¿Qué tipos de bienes existen?

Según como los veamos, las clases de bienes son:

  1. Corporales: Son las cosas objetivas, físicas o con un cuerpo.
  2. Incorporables: Son las cosas subjetivas y no tienen cuerpo.

A su vez, cada uno de estos tipos de bienes se clasifican en:

Corporales:

  • Corporales muebles: Son aquellas cosas que pueden trasladarse de un lugar a otro, bien sea por sí mismas o por ayuda de otro o por una fuerza externa. Ejemplo: Vacas, perros, etc.
  • Corporales inmuebles: Son aquellas que no pueden trasladarse de un lugar a otro ni siquiera por una fuerza externa. Ejemplo: Minas, tierras, etc.
    A su vez podemos ver la siguiente clasificación en los inmuebles:
  • Adhesión: Sí siendo muebles por su naturaleza se adhiere permanentemente y materialmente a un inmueble son incorporados por el propietario u otro. ellos. Ejemplo: Los ladrillos para la construcción de un edificio.
  • Naturaleza: Sí no se pueden transportarse como un terreno.
  • Destinación: Sí siendo muebles por destinación que por una ficción jurídica se convierten en inmuebles por estar sujeto al uso, cultivo o beneficio de un inmueble.
  • El objeto sobre el cual recae el derecho: Sí se adquirió siendo mueble para ser inmueble. Ejemplo: El derecho de usufructo sobre un bien mueble es inmueble.
  • Fungibles: Desaparecen en el primer uso para quién lo utiliza pero obtiene existencia para quien lo recibe y se apropia de ellos: Ejemplo: Contrato de mutuo o préstamo de consumo.
  • No fungibles: No desaparecen para el dueño por el uso: Ejemplo: Arrendamiento de un apartamento.
  • Consumibles: Desaparecen en el primer uso por ser perecederos. Ejemplo: Alimentos
  • No consumibles: Desaparecen para el dueños por el uso prolongado. Ejemplo: Zapatos.
  • Simples: Son aquellos que se conforman una universalidad inseparable: Ejemplo. Caballo.
  • Compuestos: Son aquellos conformados por varias partes pero representan unidad jurídica. Ejemplo: Biblioteca Colección.

Las clases de bienes se clasifican también:

  1. Según el propietario:
    • Privados
    • Públicos
  2. Según su enajenación:
    • Comerciales
    • No comerciales

Si tienes alguna inquietud respecto a los tipos de bienes existentes o quieres realizar algún tramite que pueda determinar la naturaleza de algún bien, puedes consultarnos a través del formulario de contacto y nos comunicaremos contigo.

Palabras clave: Derecho y asesoría legal

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