Todo lo que debes saber sobre el nudo propietario

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Muchos piensan que el derecho que se tiene sobre una propiedad es homogéneo y que simplemente consiste en la posibilidad de disponer de él, pero es importante que sepas que el derecho de propiedad contiene una serie de derechos inmersos en él. Estos son el dominio, el uso y el goce. El dominio es la disposición que se tiene del bien, de hacer con él lo que se desee, mientras el uso y el goce consiste precisamente en el hecho de hacer uso del bien, de gozarlo y sacar el provecho a voluntad del propietario. Así en el campo de lo jurídico, es posible que el propietario se desprenda de alguno de los derechos que constituyen la propiedad, dando  lugar a una serie de figuras jurídicas como el usufructo y la nuda propiedad.

¿Qué es el usufructo?

El Usufructo es la cesión que hace el propietario de un bien de dos de sus derechos, el uso y el goce. El llamado usufructuario puede entonces usar y gozar del bien conservándola y restituyéndola al propietario cuando éste se lo solicite.


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¿Qué es la nuda propiedad?

Cedidos los derechos de uso y goce del bien al usufructuario, el propietario conserva uno de los derechos que componen la propiedad, el dominio, es decir, la disposición que tiene sobre el bien. Así se configura la nuda propiedad.

¿Quién es el nudo propietario?

El nudo propietario es la persona que se queda con el derecho de dominio sobre el bien. Existen ocasiones en las que el propietario del bien no se queda con el derecho de dominio, es decir, no desea ser el nudo propietario, sino que decide ceder este derecho y convertirse en el usufructuario.

¿Cuáles son los derechos del nudo propietario?

  1. Disponer del bien, es decir, puede vender su derecho de dominio (el usufructuario puede hacerlo pero con el consentimiento del nudo propietario).
  2. A recibir los frutos que se encuentren pendientes cuando sea restituido el usufructo.
  3. A reclamar indemnización en caso de que el bien haya sufrido deterioros luego de la entrega que haga el usufructuario.
  4. En caso de que se halle algún tesoro en el bien, la mitad de éste será para el usufructuario y la otra mitad para el nudo propietario.

¿Cuáles son las obligaciones del nudo propietario?

  1. Atender a todas las reparaciones que sean necesarias para la conservación del bien.
  2. Indemnizar al usufructuario en caso de que éste sufra algún tipo de perjuicio en el momento de recibir el bien, al no encontrarse en las condiciones pactadas.
  3. Ser auxiliar del usufructuario cuando sea necesario defender del bien.

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Palabras clave: Derecho Civil, Derecho y asesoría legal

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