¿Cómo crear una empresa?

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Crear una empresa no solo es uno de los sueños de las personas emprendedoras, sino que también implica dar vida a un complejo sistema de relaciones económicas y humanas.
Después de que hayas elegido la clase de sociedad que quieres constituir, se debe continuar con el proceso.

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¿Cómo crear una empresa?

Actualmente, en virtud del decreto 4463 de 2006, se puede realizar la constitución de una sociedad comercial de todo tipo o especie, excepto comanditaria, si al momento de la constitución esta tiene diez o menos trabajadores, o con activos totales inferiores a 500 SMMLV. Estas sociedades se podrán constituir por documento privado, que cumpla los siguientes requisitos:

  1. Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del socio o socios.
  2. El domicilio social.
  3. El término de duración o la indicación de que este es indefinido.
  4. Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podrá realizar cualquier acto lícito de comercio.
  5. El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados, con estimación de su valor. El socio o socios responderán por el valor asignado a los bienes en el documento de constitución de una sociedad.
    Cuando los activos destinados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pública, la constitución deberá hacerse de igual manera e inscribirse también en los registros correspondientes.
  6. El número de cuotas, acciones o partes de interés de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la sociedad y la forma en que serán distribuidas si fuere el caso.
  7. La forma de administración dentro del tipo o especie de sociedad de que se trate, así como el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. A falta de estipulaciones se entenderá que los administradores podrán adelantar todos los actos comprendidos dentro de las actividades previstas.
  8. Declaración por parte del constituyente o constituyentes, según sea el caso, o de sus representantes o apoderados sobre el cumplimiento de al menos uno de los requisitos señalados en el artículo 2 2 de la Ley 1014 de 2006, esto es, que cuenten con diez (10) o menos trabajadores, o con activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿Y si busco la constitución de una sociedad de más de 10 empleados o con activos superiores a los 500 SMLMV?

Para el caso de que sea una sociedad anónima (S.A.) se debe constituir mediante escritura pública, la cual deberá ser inscrita en el Registro Mercantil.
Pero si es una sociedad por acciones simplificada (S.A.S) se debe constituir en documento público e inscribirlo en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del lugar del domicilio de la empresa, a menos que entren aportes cuya transferencia requiera escritura pública, caso en el cual se realizará la constitución por escritura pública ante un notario.
Las sociedades por comandita, que son la excepción, deben ser constituidas por medio de escritura pública ante un notario.

  1. Si es simple: La escritura constitutiva de la sociedad será otorgada por todos los socios colectivos, con o sin intervención de los comanditarios; pero se expresará siempre el nombre, domicilio y nacionalidad de éstos, así como las aportaciones que haga cada uno de los asociados.
  2. Si es por acciones: en el acto constitutivo de la sociedad no será necesario que intervengan los socios comanditarios; pero en la escritura siempre se expresará el nombre, domicilio y nacionalidad de los suscriptores, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada.

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Palabras clave: Sociedades y empresas

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