¿Cómo crear una empresa? Parte I

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Crear una empresa no solo es uno de los objetivos más grandes de una persona emprendedora, sino que implica dar vida a un complejo sistema de relaciones económicas y humanas. Es por ello que, para tener éxito, es fundamental conocer los pasos legales y administrativos necesarios para crear una empresa de manera formal y segura.

En este artículo de MisAbogados.com.co, te orientaremos paso a paso en el proceso de creación de empresas en Colombia. Recuerda que si al finalizar requieres mayor asesoría, aquí podemos ayudarte. Déjanos tus datos en nuestro formulario de contacto y te conectaremos con un abogado experto que pueda asesorar tu caso.


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1. Define tu idea de negocio:

El primer paso fundamental es tener una idea clara del tipo de negocio que deseas crear. Define qué productos o servicios ofrecerás, a qué público objetivo te dirigirás y cuál será tu propuesta de valor.

2. Elige el tipo de empresa:

La legislación colombiana ofrece diversas formas para constituir una sociedad comercial, creando una nueva persona jurídica, capaz de contraer derechos y obligaciones. Cada una de estos tipos societarios tiene sus propias características y requisitos. Las más comunes son las siguientes:

  • Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S): Es la más común para emprendedores por su facilidad de constitución. Este tipo de empresas puede constituirse con mínimo un socio en adelante y mediante documento privado, salvo ciertas excepciones en las que se requerirá elevar a escritura pública. Las S.A.S. brindan una mayor flexibilidad a los empresarios, en tanto se pueden constituir con un objeto social indeterminado (siempre que las actividades a desarrollar sean lícitas) y por un tiempo indefinido. Las S.A.S. permiten a sí mismo, limitar la responsabilidad de los socios hasta los montos aportados. 

    Otra de las principales ventajas de este tipo societario es que al momento de su constitución no será necesario pagar el monto del capital suscrito por los socios, sino hasta por un periodo de dos años. 

  • Sociedad Anónima (S.A.): Es la forma jurídica más recomendable para empresas grandes o medianas o que desarrollarán ciertas actividades como las propias del sector financiero. Requiere mínimo cinco accionistas para su constitución y debe elevarse a escritura pública. Este tipo societario además requiere de un revisor fiscal independientemente de su patrimonio y la responsabilidad de los accionistas llega hasta el monto de sus aportes.

    Para el caso de las S.A., al momento de su constitución, los socios accionistas deberán estipular como capital suscrito al menos el 50% del capital autorizado y efectuar el pago en un plazo máximo  de un (1) año. 

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.): Es una opción popular para pequeñas y medianas empresas. Ofrece responsabilidad limitada a sus socios y no requiere un revisor fiscal. No obstante, para su constitución se requiere mínimo (2) y máximo (25) socios, cuyo capital se encontrará distribuido en cuotas de igual valor que deberán pagarse al momento de la constitución. 

    Este tipo societario puede constituirse mediante documento privado bajo ciertos requisitos o de lo contrario, por escritura pública ante notario. Frente a la responsabilidad  limitada de los socios, existe una excepción de solidaridad respecto de las obligaciones laborales y fiscales a cargo de la sociedad, por lo que podrán perseguirse solidariamente los bienes del patrimonio de cada socio.

Ahora bien, pese a que en el Código de Comercio colombiano existen otros tipos societarios, estos son los más usuales y los que brindan mayor protección a los socios en caso de una eventual responsabilidad. 

También es importante tener en cuenta que cuando los activos destinados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pública, como es el caso de los inmuebles, la constitución deberá hacerse con esta solemnidad, independientemente del tipo societario de que se trate. 

3. Verifica el nombre de tu empresa:

Antes de proseguir, asegúrate de que el nombre que has elegido para tu empresa esté disponible y no represente un caso de homonimia que te impida llevar a cabo el registro. 

La homonimia se da cuando ya se encuentra registrado un nombre idéntico al que se pretenda registrar o modificar, sin tener en cuenta el tipo societario o de entidad. Puedes verificar la disponibilidad del nombre en la página web de la Cámara de Comercio de tu ciudad.

4. Reúne los documentos necesarios:

Dependiendo del tipo de empresa que elijas, deberás reunir una serie de documentos, que en términos generales implica:

  • Cédula de ciudadanía de los socios o accionistas o certificado de existencia y representación legal, cuando dichos socios o accionistas son otras personas jurídicas.
  • Domicilio y dirección de los socios. 
  • El término de duración de la sociedad.
  • Acta de constitución de la sociedad, indicando el monto del capital, la descripción pormenorizada de los bienes aportados, con estimación de su valor, el número de cuotas, acciones o partes de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la sociedad y la forma en que serán distribuidas si fuere el caso, entre otras. 
  • Estatutos de la sociedad, en los cuales deberá especificarse  el domicilio social, una enunciación clara y completa de las actividades que desarrollará la sociedad, la forma de administración de la sociedad, así como el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores, la composición y funciones de los órganos sociales entre otros. 

5. Realiza el registro mercantil:

Independientemente del tipo societario elegido, en todos los casos deberá realizarse la inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio de la ciudad donde se pretende desarrollar la empresa. Para ello, deberás presentar los documentos mencionados anteriormente y pagar las tarifas correspondientes.

Recuerda que el presente artículo trata temas generales y no constituye asesoría legal. Si requieres acompañamiento de un experto para la creación de una empresa o demás temas de Derecho Comercial, completa el formulario de contacto y podremos conectarte con un abogado especialista que pueda asesorar tu caso. 

Palabras clave: Derecho Comercial, Sociedades y empresas

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