¿Qué es el cierre por quiebra?

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Debido a la fluctuación económica que se genera en el país, a diario escuchamos el cierre de empresas pequeñas, medianas o grandes que ya no pueden pagar ninguna de sus obligaciones. Por eso, es importante informarse acerca de lo que puede y debe hacerse frente al cierre por quiebra para evitar sus efectos. Este artículo de MisAbogados.com.co te mostrará algunos rasgos importante del tema, aunque si tienes más dudas, te invitamos a completar nuestro formulario de contacto en donde un profesional podrá acompañarlo(a) para que pueda tener unas bases sólidas y enfrentar este tipo de problema.


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¿Qué es el cierre por quiebra?

Se presenta cuando una empresa no puede pagar sus cuentas, es decir, que tiene deudas vencidas que supera sus capacidades de pago, incluyendo la de sus empleados para poder seguir operando, en otras palabras, cuando las obligaciones sobrepasan el valor de los activos que se tienen.

¿Cómo se si mi empresa está próxima al cierre por quiebra?

Pueden presentarse cambios en los horarios de los administrativos, así como la actitud de su jefe y conductas como retrasos en los pagos y prestaciones de ley, entonces es posible que su empresa haya entrado en esta situación, aquí el empleador tiene la obligación de anunciar dicho escenario 10 días antes del cierre definitivo. Por eso esto es realmente importante detectar esta situación a tiempo.

¿Legalmente qué puedo hacer ante el cierre de empresa por quiebra?

En caso de que su contrato de trabajo termine por la quiebra, cierre o liquidación de la empresa en que labora, debe existir la necesidad de pagar una indemnización, porque el código laboral no considera como justa causa para despedir un trabajador. En resumen, citando el numeral 6 del artículo 67 de la ley 50 de 1990, explica que, si un empleador o empresa tiene autorización del Ministerio de trabajo para el cierre definitivo o para efectuar un despedido colectivo, deberá pagar a los trabajadores afectados una indemnización legar que le habría correspondido si el despido se hubiera producido sin justa causa.

¿Qué pasa con los trabajadores afectados por el cierre por quiebra?

Serán considerados como acreedores preferentes, frente al salario se tomará el valor adeudado por los servicios prestados durante un período anterior a la quiebra o a la liquidación judicial,  en lo que concierne a los salarios que no excedan de una suma fijada por la legislación nacional.

¿Cómo se si mi empresa va entrar a quiebra?

El 50% de las sociedades fracasan por una quiebra, esto se debe a que no pueden responder a sus obligaciones, es decir, a su capacidad de pago. Si tu empresa tienes periodos con mayores gastos que ingresos, debes estar muy atento y tomar las medidas pertinentes y evitar una posible cierre de empresa.

¿Cuáles son los tipos de quiebra?

  1. Voluntaria: Puede iniciarse en nombre propio una petición de quiebra, la insolvencia no estrictamente necesaria.
  2. Involuntaria: Es generada por un acreedor y se presenta cuando: la empresa tiene deudas vencidas y no puede pagar. Aquí se debe demostrar hay reclamaciones y que son totalmente exigibles y claras.

¿Legalmente qué puedo hacer ante el cierre de empresa?

Debe buscar herramientas para refinanciar la recuperación económica de esta, así poder conservar la fuente de pago, de empleo y producción, esto se puede hacer a través de la Ley 1116 conocida como Reorganización.

Si tienes dudas o inquietudes en temas empresariales o el cierre de empresas, no dudes en consultarnos en completar el formulario de contacto, mediante el cual podremos a ayudarte detectando esta situación a tiempo y evitar a un futuro cierre por quiebra.

Palabras clave: Derecho Comercial

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