¿Qué hacer en caso de problemas sin contrato de arriendo?

inquilino sin contrato

Hoy en día, muchos propietarios al momento de arrendar un inmueble prefieren por diferentes motivos (por ahorrar tiempo, porque la persona que lo va tomar en arriendo es amigo o familiar etc.)  no hacer un contrato escrito. Aunque un contrato verbal es totalmente válido, debes tener en cuenta que siempre existe la posibilidad de que se presenten problemas o conflictos respecto a ese bien inmueble, y es en estos casos donde existe mucho desconocimiento acerca de cómo actuar.

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¿Qué indica la legislación sobre los contratos de arriendo?

Lo primero que tienes que tener claro es que la legislación colombiana estipula que los contratos pueden ser verbales o escritos, es decir, no obliga a las partes a que estrictamente se ciñan a realizar un contrato escrito. Sin embargo, para efectos prácticos y de claridad para las partes, se impone el modelo escrito para que no quede duda alguna frente a lo pactado, fecha de inicio e identidad de clausulado, etc. y para esto se acostumbra a firmar un  contrato y posteriormente autenticar las firmas.

No obstante, existen aquellas personas que prefieren no hacerlo. Por eso a continuación te vamos a enunciar los principales problemas que se te pueden presentar en caso de tener un inquilino sin contrato de arrendamiento y así mismo te daremos algunas posibles soluciones en caso de problemas.

  1. El arrendatario (quien toma en arriendo el bien) decide irse antes de tiempo que ambas partes pactaron de forma verbal.
  2. El arrendador (dueño del inmueble) te pide que le entregues el inmueble antes del tiempo que ambos pactaron de forma verbal.
  3. El arrendatario dejó de realizar los pagos acordados y correspondientes al arriendo y aun así no se quiere ir del bien.
  4. El arrendatario abandonó el inmueble sin avisar.

¿Qué hacer en estos casos si se tiene un inquilino sin contrato?

En estas circunstancias, deberás realizar las siguientes diligencias y posterior a ellas  recurrir ante un juez y dar inicio a un  proceso de restitución de inmueble arrendado

  1. Audiencia de conciliación: Para acudir a ella no necesitas un abogado que te represente, en ella la autoridad competente que realiza la audiencia tratara de conciliar solamente respecto a dos temas y son: todo lo concerniente al pago de lo debido por parte del arrendatario y se programara o acordara un día para realizar la restitución del bien al dueño.
    En caso de que se logre llegar a un acuerdo entre las partes respecto a estos dos puntos y en caso de que el arrendatario llegado el día de la entrega de la restitución NO LO HAGA, con la copia del acta del conciliación tu puedes acudir al juez para solicitarle que inicie una entrega y por lo mismo una restitución forzada la cual deberá cumplirse inmediatamente.
  2. Otra opción que tienes es hacer una reconstrucción notarial del contrato de arrendamiento, es decir, acudes ante un notario con 3 personas (testigos) para que realicen una declaración argumentando que a ellos les consta que ese bien estuvo o está siendo habitado en calidad de arriendo por  otra persona diferente al dueño. Estas personas (testigos) posteriormente deberán volver a  ratificar lo dicho ante un juez.
    Con estas declaraciones se puede reconstruir el contrato y hacerlo escrito y ya con esto se puede dar inicio a un proceso de restitución de inmueble arrendado

Lo más importante para realizar cualquiera de las anteriores actuaciones o diligencias y sobre todo en el correspondiente proceso son los recibos. Nunca botes los recibos de consignaciones realizadas, ya que estos son tu única prueba inmediatamente válida para que des constancia y fe de existió un contrato de arrendamiento verbal. Claro están también los testigos. Pero estos no tienen la fuerza probatoria suficiente que si tendrían los recibos.

De esta forma el arrendatario o el propietario que tenga más pruebas para demostrar su verdad será el que salga ganando, algo que no siempre será fácil de probar si no se está prevenido antes de empezar con el arriendo.

Si tienes más dudas acerca de cómo solucionar un inconveniente en caso ser o tener un inquilino sin contrato, te invitamos a completar el formulario de MisAbogados.com.co y te contactaremos con un abogado experto.

Palabras clave: Ley de arriendo, Derecho Civil

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