Derechos y deberes del usufructuario

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El Derecho real de usufructo es una figura para disponer del patrimonio que plantea una serie de derechos y responsabilidades a cargo de las partes. En este artículo te explicaremos todo sobre los derechos y los deberes del usufructuario.

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¿Qué es el derecho de usufructo?

Según el artículo 823 del Código Civil, el usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con la obligación de conservar su forma y sustancia y de restituirla a su dueño si la cosa no es fungible; o con la obligación de devolver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor si la cosa es fungible.


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¿Cuáles son los derechos del usufructuario?

Son muchos los derechos contemplados en el código civil que se consolidan para el usufructuario.

  1. El primero es el derecho real de usufructo, que deja al propietario del bien como nudo propietario. De aquí se desprende una prohibición para el nudo propietario de no intervenir en el ejercicio del usufructuario.
  2. El artículo 839 del Código Civil contempla que siendo dos o más los usufructuarios, habrá entre ellos el derecho de acrecer.
  3. También se consagra en el artículo 840 que el usufructuario de una cosa inmueble tiene el derecho de percibir todos los frutos naturales, inclusos los pendientes al tiempo de deferirse el usufructo.
  4. Respecto de las servidumbres, dice el artículo 841 que el usufructuario de una heredad goza de todas las servidumbres activas y está sujeto a todas las servidumbres pasivas constituidas en ella.
  5. Acerca del usufructo de arboladas y bosques se contempla que el goce del usufructuario de una heredad se extiende a los bosques y arbolados.
  6. El usufructuario de ganados o rebaños es obligado a reponer los animales que mueren o se pierden, pero sólo con el incremento natural de los mismos ganados o rebaños.
  7. Sobre las cosas fungibles se dice que si el usufructo se constituye sobre cosas fungibles, el usufructuario se hace dueño de ellas, y el propietario se hace meramente acreedor a la entrega de otras especies de igual cantidad y calidad, o del valor que estas tengan al tiempo de terminarse el usufructo.
  8. Si la cosa fructuaria comprende minas y canteras en actual laboreo, podrá el usufructuario aprovecharse de ellas, y no será responsable de la disminución de productos que a consecuencia siempre y cuando no sea por su culpa.
  9. Cuando es un usufructo sobre frutos civiles, estos pertenecen al usufructuario día a día.
  10. También puede el usufructuario ceder o arrendar el derecho de usufructo.
  11. Goza también del derecho de retención en caso de que no le sean abonadas los reembolsos e indemnizaciones a cargo de propietario.

¿Cuáles son los deberes del usufructuario?

Así mismo existen deberes a cargo del usufructuario relacionados con el bien que recibió, entre ellos están:

  1. El usufructuario debe presentar caución de conservación y restitución y un inventario solemne previo de los bienes, los cuales correrán a su costa. Si no lo realiza la administración de los bienes estarán administrados por el propietario.
  2. Sobre los bosques y arbolados existe un derecho, que a su vez es un deber, puesto que existe el cargo de conservarlos y responder por su menoscabo siempre y cuando no sea por accidentes fortuitos o por causas de la naturaleza.
  3. En el caso de los arriendos, el usufructuario está obligado a respetar aquellos constituidos antes de que el bien le hubiera sido entregado.
  4. Corresponde al usufructuario todas las expensas ordinarias de conservación y cultivo.
  5. También es responsabilidad del usufructuario el pago de las pensiones, cánones y en general, las cargas periódicas que hayan gravado la cosa usufructuada con anterioridad y que durante el usufructo se genere.
  6. Así mismo es responsable del pago de impuestos, y si estos son pagados por el propietario, entonces deberá recompensarle a este.
  7. Por último el usufructuario es responsable no sólo de sus propios hechos u omisiones, sino de los hechos ajenos a que su negligencia haya dado lugar.

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Palabras clave: Derecho Civil

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